Promo Sobrecito Levex 2019

BASES Y CONDICIONES: Promoción“#sobrecitolevex 2019”

 

1) ALCANCE

Saf Argentina S.A. (el “Organizador“) con domicilio en José Antonio Cabrera 4338, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (las “Oficinas del Organizador“) desea realizar una acción (la “Acción”) para sus productos marca “LEVEX” (los “Productos”). La participación en esta Acción implica el conocimiento y aceptación de estas bases y condiciones (las “Bases”) y de los procedimientos y/o sistemas establecidos por el Organizador. Cualquier violación a las Bases implicará la inmediata eliminación del Participante. Las presentes Bases podrán ser consultadas en www.lesaffreargentina.com.ar(el “Sitio Web“).

 

2) VIGENCIA

La Acción tendrá vigencia dentro del territorio de la República Argentina desde las 13:00 del 1 de juniode 2019 hasta las 15:00 del 31 de agosto de 2019 (el “Plazo de Vigencia“).

 

3) PARTICIPANTES

Podrán participar de la Acción aquellas personas humanas, mayores de 18 años de edad, residentes en la República Argentina que tengan una cuenta en la red social Instagram creada con anterioridad al comienzo del Plazo de Vigencia (el/los “Participante/s” y/o los “Usuarios”, indistintamente). No podrán participar de la Acción el personal del Organizador ni sus directivos, ni el personal de sus proveedores, asesores o de la agencia de marketing interviniente, ni sus parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive.

 

 

4) MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN

Durante el Plazo de Vigencia, el Organizador publicará distintos posteos en su cuenta oficial de Instagram @levaduralevex (la “Cuenta Oficial”) convocando a los Participantes a participar de la Acción mediante el cumplimiento de la siguiente consigna (la “Consigna”): (i) en primer lugar, los Participantes deberán seguir a la Cuenta Oficial; y (ii) en segundo lugar, los Participantes deberán subir una foto a sus perfiles de Instagram con un sobre de levadura marca “Levex” de cualquier gramaje (las “Publicaciones”), incluir el hashtag #sobrecitolevex y arrobar en el pie de la foto dos (2) cuentas de Instagram, cuyos titulares sean personas físicas que utilicen dichas cuentas para fines exclusivamente personales, es decir, no podrán ser cuentas creadas para fines comerciales, publicitarios, de entretenimiento ni para cualquier otra finalidad distinta a la anteriormente mencionada. El Organizador verificará y comunicará los Usuarios de los tres (3) Participantes que mayor cantidad de “Me Gusta” hubieren obtenido en sus Publicaciones tanto al 31 de mayo de 2019, al 30 de junio de 2019 como al 31 de julio de 2019 (las “Etapas”), los que resultarán potenciales ganadores de los premios detallados en el punto 5 (el/los “Potencial/es Ganador/es”). A tal efecto, el Organizador comunicará el ranking de los tres (3) Potenciales Ganadores de cada etapa (el “Ranking”). En caso de empate, el Organizador verificará el Potencial Ganador que hubiere comenzado a seguir la Cuenta Oficial en primer lugar. Se deja expresa constancia de que los Participantes que ya hubieren resultado Potenciales Ganadores no podrán seguir participando ni resultar Potenciales Ganadores en las Etapas consecutivas.

 

Las Publicaciones no podrán hacer referencia a marcas de terceros ni tener un contenido susceptible de ocasionar un perjuicio o violar algún derecho de terceros, o ser ofensivo, denigrante, contrario a la moral o a las buenas costumbres, o hacer referencia a temas sexuales, de raza o étnicos, religiosos o vinculados a la violencia, a niños y/o personas de la tercera edad, a actos ilegales o peligrosos, apuestas, temas de género, salud o incentivar o mencionar el consumo en exceso de sustancias o elementos peligrosos para la salud, o referir a temas de idiomas y/o acentos o violar las leyes de la República Argentina.

 

5) PREMIOS

Los Potenciales Ganadores podrán resultar acreedores de los siguientes premios en virtud del Ranking comunicado por el Organizador: (i) Primer puesto: una (1) amasadora marca Smart-Tek; (ii) Segundo puesto: una (1) pava eléctrica marca Smart-Tek; y (iii) Tercer puesto: una (1) licuadora marca Smart-Tek de 1,5 litros (los “Premios”). Los Potenciales Ganadores no podrán en ningún caso requerir el canje de los Premios por dinero ni por otros bienes y/o servicios.

 

 

6) NOTIFICACIÓN A POTENCIALES GANADORES

Los Potenciales Ganadores serán notificados de su condición de tales a través del envío de un mensaje por parte del Organizador a sus cuentas de Instagram y éstos deberán responderlo dentro de las doce(12) horas de ser contactados, ello como requisito indispensable para la asignación del Premio. Si el Potencial Ganador no contestare el mensaje dentro del plazo estipulado perderá el derecho a la asignación del Premio, quedando facultado el Organizador a contactar al Potencial Ganador que hubiere quedado en el siguiente lugar del Ranking para asignarle el Premio en cuestión. Se deja constancia de que cuando uno de los tres Potenciales Ganadores no cumpla con los requisitos de estas Bases para la asignación de su Premio, el Organizador contactará al Participante que hubiere quedado en el cuarto puesto de la fecha de cierre respectiva. Los Premios no asignados, si los hubiere, quedarán en propiedad del Organizador.

 

7) ASIGNACIÓN Y ENTREGA DE PREMIOS

Como requisito previo e indispensable para la asignación de los Premios, los Potenciales Ganadores deberán: (i) acreditar su identidad; y (ii) exhibir la respuesta del mensaje directo recibido del Organizador mencionado en el punto 6, en el plazo exigido en estas Bases. La falta de acreditación de la identidad y/o, en general, el incumplimiento a los requisitos establecidos en estas Bases hará perder a sus Potenciales Ganadores, automáticamente, el derecho a la asignación del Premio correspondiente.

 

LosPremios serán entregados dentro de los treinta (30) días corridos contados desde su asignación. Los mismos deberán ser retirados de lunes a viernes en el horario de 09:30 a 16:30 en el siguiente domicilio: José Antonio Cabrera 4338, Palermo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires o por dónde el Organizador lo indique.

 

8) OTRAS CONDICIONES GENERALES

8.1. Será a cargo delos Potenciales Ganadores todo impuesto y/o tasa que deba tributarse sobre o en relación con los Premios y/o su puesta a disposición a través del medio que fuera y/o toda suma de dinero que deba abonarse por cualquier concepto al Estado Nacional, sociedades del Estado, provincias, municipalidades u otros entes gubernamentales con motivo de la organización de la Acción y/o del ofrecimiento y/o puesta a disposición de los Premios. Los gastos en que incurran los Potenciales Ganadores cuando concurran a reclamar la asignación de los Premios estarán asimismo a su cargo.

8.2. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Acción que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de todos los registros realizados por el Participante. En particular, está prohibida la utilización de cuentas o identidades falsas, bots (incluyendo auto-likebots o auto-follow-bots), la compra de indicaciones “Me Gusta” y, en general, valerse de cualquier tipo de actividad que implique o pueda implicar la generación de contenidos u opiniones que no representen de forma genuina el sentimiento de quien genere dicho contenido u opinión. Está asimismo prohibida la generación u obtención de contenidos, opiniones o indicaciones “Me Gusta” destinadas a engañar al público o al resto de los Participantes o a contrariar el espíritu de estas Bases y de la Acción en general. El Organizador se reserva el derecho de utilizar su razonable criterio (incluyendo criterios generalmente aceptados tales como el ratio de indicaciones “Me Gusta” sobre comentarios, país de origen de las indicaciones “Me Gusta”, fecha de creación de los perfiles que dieron las indicaciones “Me Gusta”, etcétera) para determinar el acaecimiento de cualquier de estos hechos y descalificar consecuentemente al Participante que los hubiera realizado.

8.3. El Organizador no será responsable por: (i) el ingreso o el uso de Instagram o de la red Internet por los Participantes; (ii) los daños, perjuicios o pérdidas ocasionados a los Participantes o a terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de su participación en la Acción; ni (iii) por fallas de los equipos de comunicación, de la red Internet, de suministro de energía, de las líneas telefónicas, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el normal desarrollo de la Acción o causar daños en los equipos o software de los Participantes.

8.4. Esta Acción no está patrocinada, avalada, administrada ni asociada en modo alguno a Instagram. En este sentido, los Participantes exoneran a Instagram de toda y cualquier responsabilidad con respecto a la Acción.

8.5. Sin obligación de compra. La participación en la Acción no requiere la adquisición de bienes o la contratación de servicios comercializados por el Organizador ni el pago de suma alguna al Organizador.En este sentido, se aclara que para cumplir con la Consignano es necesario que los Participantes adquieran el producto marca “Levex”, siendo posible la utilización de un producto adquirido por terceros o que estuviere colocado en las góndolas de los puntos de venta donde dichos productos puedan adquirirse. En ningún caso el Organizador requerirá la constancia de compra del producto respectivo.

8.6. Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizadores podrán ampliar, suspender, cancelar o modificar la Acción y/o sus Bases.

8.7. La participación en la Acción implica la aceptación de estas Bases y de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión relacionada con la Acción.

8.8. La probabilidad de ganar un Premio dependerá de la cantidad de Participantes que válidamente participen dela Acción. Si participaren 270 Participantes, las probabilidades de ganar un Premio será de uno (1) en treinta (30).

8.9. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Acción, los Participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la ciudad de Buenos Aires.